Última revisión: 11 Enero 2022
Para las licitaciones y contratos
Referencias normativas Dlgs 33/2013 – Artículo 37, párrafo del apartado 1 y 2 – obligaciones de divulgación relativas a los contratos públicos, servicios y suministros.
1. Sin perjuicio de otras obligaciones y publicidad legal, en particular, las previstas en el artículo 1, párrafo del apartado 32, de la ley 6 Noviembre 2012, n. 190, cada administración pública, conformidad con el decreto legislativo 12 Abril 2006, n. 163, y, en particular, artículos 63, 65, 66, 122, 124, 206 y 223, la información relativa a procedimientos de concesión y ejecución de obras y obras públicas, servicios y suministros.
2. Los poderes públicos están obligados a publicar, en el caso a que se refiere el artículo 57, párrafo del apartado 6, Decreto legislativo 12 Abril 2006, n. 163, la decisión de contratar.
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DETERMINAR LA GESTIÓN
LAS ÚLTIMAS DIEZ DETERMINAN GESTIÓN PUBLICA
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