Última revisión:

Medidas de gestión

Volver a índice
Referencias normativas


Dlgs 33/2013 – Artículo 23 – Obligaciones de información relativas a medidas administrativas
1. Las autoridades públicas deben publicar y actualizar cada seis meses, en particiones separadas de la sección de administración transparente», la lista de las medidas adoptadas por los órganos políticos y los líderes, con especial referencia a las medidas finales de la:
en) o conceder permiso;
b) opción del contratista para la concesión de obras, suministros y servicios, con referencia al modo de selección elegido bajo el código de contratos públicos, sobre el trabajo, servicios y suministros, Decreto legislativo 12 Abril 2006, n. 163;
c) concursos y pruebas selectivas para la progresión del reclutamiento y carrera que se refiere el artículo 24 Decreto legislativo. 150 de 2009;
d) acuerdos celebrados por la administración con particulares o con otras administraciones públicas.
2. Para cada una de las medidas incluidas en las listas a que se refiere el párrafo 1 los contenidos son publicados, el objeto de, el gasto previsto y los principales documentos en el expediente relativo a los procedimientos. La publicación lleva a cabo en la forma de un resumen, automáticamente se producen durante la formación del documento que contiene la ley de.



Lo siento, pero hay no hay artículos en esta categoría.