Arte. 13 c. 1 Lett. b,c – Requisitos de publicación sobre la organización de la administración pública
1. Los poderes públicos deberán publicar y actualizar información y datos relativos a su organización, acompañada de los documentos normativos de referencia. Se publican, entre otros, los datos de:
b) la articulación de las oficinas, las habilidades y recursos disponibles en cada oficina, también el nivel de dirección general no, los nombres de los responsables encargados de las oficinas;
c) se muestra en forma simplificada, a los efectos de plena accesibilidad y comprensibilidad de los datos, Organización de la administración, usando el organigrama o representaciones gráficas similares.
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